Las aerolíneas tendrán que indemnizar a los pasajeros que sufran retrasos o cancelaciones por huelgas realizadas por los trabajadores de la empresa aérea. En una reciente sentencia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que “la ausencia espontánea de una parte importante del personal de navegación (‘huelga salvaje’), que tuvo su origen en el anuncio sorpresivo por un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo de una reestructuración de la empresa, a raíz de una iniciativa promovida no por los representantes de los trabajadores de la empresa sino espontáneamente por los mismos trabajadores, que pasaron a situación de baja por enfermedad, no está comprendida en el concepto de ‘circunstancias extraordinarias’”.
Determinar si una huelga no convocada por los representantes de los trabajadores de una aerolínea es circunstancia ordinaria o extraordinaria no es un detalle, sino la clave de la resolución. El reglamento de indemnizaciones de pasajeros permite que las aerolíneas no se tengan que hacer responsables de las indemnizaciones en caso de que los retrasos o cancelaciones se deban a circunstancias que escapan a su control, como desastres naturales o atentados, entre otros. El tribunal ha considerado que una huelga que nace por la intención de la aerolínea de despedir a empleados no es una circunstancia extraordinaria, ya que está provocada por las decisiones de la empresa.
La resolución del TJUE vuelve a dar la razón a los pasajeros aéreos, la parte más débil del negocio aéreo. La interpretación que el tribunal europeo ha realizado del reglamento que garantiza las indemnizaciones por cancelaciones y retrasos ha sido muy garantista para los clientes, pero desde hace un año las aerolíneas están ejerciendo una fuerte presión en el Gobierno de la Unión Europea para que este reglamento se modifique con el objetivo de limitar el pago de indemnizaciones. El nuevo reglamento aún se está debatiendo entre la Comisión Europea, proclive a seguir la línea que dictan las aerolíneas, y el Parlamento Europeo, más favorable a garantizar todavía más los derechos de los pasajeros.
El reglamento de indemnizaciones aéreas ha dado pie a la creación de varias empresas para ayudar a los clientes a ejercer sus derechos. En España es conocida Reclamador, pero en Europa se encuentran otras como Air Help o Flightright. A cambio de una comisión por el importe cobrado, realizan todos los trámites en nombre del pasajero para cobrar las indemnizaciones. Estas empresas han creado la asociación APRA cuyo objetivo es actuar como lobby en Bruselas para que la legislación en esta materia no se cambia a favor de las aerolíneas.