MADRID.- La Comisión Europea se dispone a clarificar la normativa sobre derechos de los pasajeros de aerolíneas. Y, a la vez que lo hace, también reducirá las compensaciones y las situaciones en las que los viajeros tienen derechos a indemnización. Por ejemplo, el concepto de “circustancias extraordinarias” será detallado como aquellas que “no son inherentes al ejercicio normal de la actividad del transportista aéreo de que se trate y que estén fuera de su control efectivo”. Y se ofrecerán ejemplos, como catástrofes naturales o huelgas de controladores aéreos. Según esto, muchos pasajeros que vieron sus vuelos cancelados por la erupción del volcán Eyjafjalla en 2010 no podrían recibir indemnización, como sí han reconocido los tribunales europeos.
Otro de los puntos más polémicos será el tiempo a partir del cual la aerolínea debe pagar indemnización por retraso del vuelo al pasajero. La legislación actual (el Reglamento nº 261/2004 de la Comisión) prevé que los pasajeros tienen derecho a atencion y asistencia por parte de la aerolínea a partir de retrasos de dos horas. Posteriormente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fijado que la indemnización deberá pagarse a partir de un retraso de tres horas en el vuelo. Pues bien, la Comisión prevé ampliar este plazo a cinco horas, a partir de las cuales el pasajero tendrá derecho a que la aerolínea le indemnice por el retraso, siempre que el vuelo se produzca dentro de la Unión Europea o no tenga que recorrer más de 3.500 kilómetros.
Según la Comisión, “la verdadera prioridad para los pasajeros que se quedan en tierra es regresar a casa o alcanzar su destino lo antes posible”, por lo que ampliando las horas se dará a las compañías aéreas la posibilidad de volar o habilitar otro vuelo. Pero, en el caso de vuelos cuya distancia sea de menos de 6.000 kilómetros, el plazo se amplía hasta las 9 horas. Y este periodo sube hasta las 12 horas de retraso en el caso de operaciones que deban recorrer más de 6.000 kilómetros. La Comisión asegura que “las disposiciones actualmente vigentes tienden a incentivar las cancelaciones en detrimento de los pasajeros, debido a que el problema no puede subsanarse en un plazo muy corto”.
Posibilidad de desembarcar
El derecho a la asistencia por restrasos (con comida, refrigerios, etcétera) se detallará y la propuesta los hace explícitos, fijando el derecho al aire acondicionado, al uso de aseos, a asistencia médica y a agua potable si el retraso, una vez embarcados, es superior a una hora. Además, a fin de hacer efectivo el derecho a renunciar al viaje, el pasajero puede solicitar el desembarque tras un retraso de 5 horas.
La nueva legislación también contemplará que si la compañía aérea no puede ofrecer una ruta alternativa al pasajero en sus propios servicios en un plazo de 12 horas, deberá hacerlo con otro transportista aéreo u otro modo de transporte disponible. Además, si se pierde un vuelo en conexión por el retraso del que nos lleva hasta el aeropuerto donde debemos tomar el siguiente, la nueva legislación prevé asistencia tras dos horas de retraso y se ofrecerá una compensación en caso de retraso de más de cinco horas en la llegada para todos los vuelos dentro de la UE y los vuelos internacionales cortos de menos de 3 500 km. En el caso de los demás vuelos internacionales, el límite es de 9 horas, en el caso de los vuelos de menos de 6 000 km, y 12 horas en el caso de los vuelos de más de 6 000 km.
Cambios de nombre y usos de vuelos
El nuevo reglamento que apruebe la Comisión, y que todavía no tiene fecha, acabará con una práctica de la que se aprovechan las compañías de bajo coste: el cambio del nombre del billete. El pasajero podrá solicitar gratuitamente la corrección de un error en su nombre y apellidos hasta 48 horas antes de la salida del vuelo. Además, la propuesta establece que no se podrá denegar el embarque a un pasajero en el vuelo de regreso previsto en su billete de ida y vuelta por motivo de que no ha utilizado el vuelo de ida. Esta última también es una práctica muy habitual de las aerolíneas de bajo coste, como Ryanair.
El lobby aéreo se ha felicitado por las nuevas medidas que pretende introducir la Comisión en lo que a indemnizaciones y plazos de asistencia se refiere. Sin embargo, asociaciones como IATA, la patronal internacional de las aerolíneas, o ERAA, la asociación de aerolíneas regionales europeas, no están conformes con las responsabilidades que debe asumir el primer transportista en el caso de que se pierda un vuelo en conexión con retrasos. Tampoco agrada a las aerolíneas que, en caso de no poder ofrecer una ruta alternativa en la propia compañía ante una cancelación, la empresa deba reservar en un competidor sin límite de precio. Tony Tyler, director general y CEO de IATA, lo explica muy gráficamente: “Si tu boli Bic no funciona, no esperas recibir una pluma Mont Blanc como compensación”.