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Covid-19: las agencias dicen que no devolverán los billetes de avión cancelados

by REVISTA80DIAS.ES

La Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) ha calificado de abusiva la prohibición de las aerolíneas integradas en IATA, la patronal internacional de este sector, de utilizar “aplicaciones de reembolso GDS”, según un comunicado. Estas aplicaciones de reembolso posibilitan la devolución automática del importe satisfecho por los consumidores por billetes de vuelos cancelados por el Covid-19.

Para CEAV, “esta prohibición no tiene ninguna justificación, siendo su objetivo retrasar o, incluso, impedir la devolución de estas sumas a sus legítimos propietarios”. CEAV ha recordado a IATA que esta prohibición constituye una clara infracción del Reglamento (CE) nº 261/2004, artículo 8, así como del Manual de Agente de Viajes, “que es taxativo al establecer que las aerolíneas deben realizar o autorizar la devolución en el siguiente calendario de remisiones”, según CEAV.

IATA ha reconocido que la situación financiera de las aerolíneas es muy difícil y que afecta tanto a las agencias, como a las aerolíneas del BSP (sistema para gestionar pagos entre aerolíneas y agencias), así como que IATA tiene la obligación de vigilar y administrar el BSP y controlar las acciones de las aerolíneas y de los agentes en el BSP. También que en el supuesto de que la situación financiera de una aerolínea pueda conducir a que no se reembolse el importe de los billetes, IATA podrá retener el saldo a favor de esa compañía en el BSP. Aparte de esta medida, CEAV le ha recordado a IATA que cualquier retraso en la devolución del importe de los billetes cancelados debe conducir a la suspensión de la aerolínea en el BSP. Y denunciará la necesidad de cumplir esta obligación en el supuesto de que existan retrasos en la devolución de los billetes, según el comunicado enviado a los medios.

Además, IATA ha dejado claro que el acreedor de las aerolíneas en el supuesto de que proceda el reembolso de los billetes no es la agencia, sino el viajero. Según CEAV, esto significa que “las Agencias no tendrían obligación legal de proceder a la devolución anticipada de los billetes a los consumidores”. CEAV indica que la patronal de aerolíneas ha indicado que “los agentes de viajes no deben proceder al reembolso hasta que la correspondiente aerolínea BSP lo autorice como valido y transfiera los fondos”. Los importes que puedan recibir las agencias de las aerolíneas para proceder a estos reembolsos, los recibirán en calidad de mandatario.

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