La Justicia de Madrid tiene claro que los ‘riders’ son personal laboral
Una relevante sentencia del TSJM declara que los repartidores de bienes a domicilio que trabajan para las principales plataformas del mercado son empleados laborales.
Una relevante sentencia del TSJM declara que los repartidores de bienes a domicilio que trabajan para las principales plataformas del mercado son empleados laborales.
Un estudio de UGT radiografía la precariedad que crean las plataformas de ‘delivery’ en la sociedad