La Justicia canaria ya ha declarado nula por discriminatoria por razones de sexo la regulación del plus de productividad de tres hoteles de las islas. La Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJCa) ha estimado que los pactos salariales por las que las camareras de piso de tres hoteles tinerfeños cobran menos que sus compañeros de la misma categoría laboral son nulas.
Los tres alojamientos que remuneraban a sus camareras de piso con cuantías inferiores por el hecho de ser mujeres son el Hotel Isla Bonita de Adeje, perteneciente a la marca Labranda; el Hotel Best Tenerife, de la cadena Best Hotels; y el Hotel GF Gran Costa Adeje, de la cadena GF Hoteles.
En tres sentencias, dos de 2017 y otra de 2018, el TSJCa estima que la regulación del plus por el que los camareros de restaurante cobran más que las camareras de piso es opaca. Además, esta normativa no explica las razones por las que se asignan unas u otras cuantías a estas categorías profesionales. El Tribunal descarta que los pluses se hayan calculado con parámetros productivos.
En el caso del hotel Best Tenerife, el pacto salarial (un acuerdo legal al margen del convenio colectivo, que regula los salarios base en el sector hostelero de Tenerife) se contemplaba el cobro de un plus de productividad de 139,93 euros al mes para las camareras de piso y de 640,67 euros al mes para los camareros del restaurante. Las dos profesiones se engloban dentro de la misma categoría profesional del convenio colectivo y el Tribunal entendió que se estaba produciendo una discriminación, ya que el colectivo de camareras de piso está formado en un 92% por mujeres, mientras que el de camareros de restaurante lo componen un 85% de hombres.
Un escenario similar se daba en el Hotel Isla Bonita de Adeje y en el GF Gran Costa Adeje. Por eso, el TSJCa ha confirmado su doctrina para estos dos establecimientos. Además, los recursos que estos hoteles han presentado al Tribunal Supremo, el máximo órgano judicial de España, no han prosperado, por lo que las sentencias del TSJCa son firmes y la jurisprudencia que ha sentado servirá para resolver otras demandas similares que afectan a otros hoteles de las Islas Canarias. En diferentes autos, el Tribunal Supremo no ha entrado a enjuiciar si la doctrina establecida por el tribunal canario se ajusta a derecho, sino que ha desestimado los recursos por no ser esta doctrina contradictoria con otra fijada por el propio Supremo o el mismo tribunal canario.
El sindicato Comisiones Obreras (CCOO) ha denunciado que 40 hoteles de Tenerife, una de las Islas Canarias, aplican este tipo de acuerdos discriminatorios, según una información de Eldiario.es. En el ámbito judicial, los hoteles que han sido demandados siempre han defendido que pagan un salario diferente a camareras de piso y a camareros de bar porque los últimos saben idiomas y tienen otras competencias. Sin embargo, el TSJCa no ha aceptado estos argumentos.
Mientras tanto, las camareras de piso han ido ganando diversas batallas a los hoteleros españoles. El tipo de trabajo que hacen, con decenas de habitaciones que limpiar y preparar a lo largo de su jornada laboral, implica que en muchas ocasiones deban automedicarse. Un estudio de CCOO afirma que el 70% de las mujeres que realizan este trabajo utilizan medicamentos sin la prescripción de un médico para paliar sus dolores.
En la temporada alta (meses de julio a septiembre), el número de trabajadores en hoteles de las Islas Canarias asciende a 49.888, según los datos de afiliación de la Seguridad Social, es decir, un cuarto de todos los trabajadores del archipiélago englobados en actividades turísticas.