MADRID.- Los hoteles españoles han ganado una importante batalla a las entidades de gestión de derechos de autor. La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha condenado a Egeda, entidad encargada de gestionar los derechos de los productores audiovisulaes, a pagar una multa de 478.515 euros por abuso a la hora de fijar las tarifas que cobra a los alojamientos por contar con televisiones en sus habitaciones.
Egeda, como gestora de los derechos de los productores audiovisuales y por mandato de la Ley de Propiedad Intelectual, es la encargada de cobrar por la exhibición pública de películas, series u otros materiales. En el caso de los hoteles, la entidad de gestión creó en 2005 un sistema de tarifas mensuales que se basaba en la categoría del hotel (número de estrellas) y su número de plazas disponibles. El precio que debe pagar cada hotel mensualmente se obtenía multiplicando ambas variables.
“Abuso inequitativo”
El sector hotelero no estaba conforme con este sistema, que consideraba injusto y abusivo, por lo que CEHAT, la asociación que aglutina a los hoteles españoles, denunció el caso ante la CNC. Ahora, la Comisión consiera que Egeda ha abusado de su posición de dominio en la gestión de los derechos audiovisuales. La CNC “considera que la decisión de Egeda de cobrar un precio en función de la plazas disponibles del hotel y de no utilizar en la tarifa general, hasta 2011, la información de la que disponía sobre ocupación hotelera y sobre usuarios potenciales, para aproximar el importe del precio que representa la tarifa general al uso del derecho, debe considerarse abusivo por inequitativo”, explica la Comisión en un comunicado.
Es decir, la CNC considera que Egeda debe fundamentar sus tarifas en variables como la ocupación media del establecimiento para acercarse lo más exactamente posible al número de clientes que pueden usar las televisiones de las habitaciones y cobrar por esto y no sólo por el número de habitaciones del establecimiento, muchas de las cuales pueden no usarse y, por lo tanto, no emitir a través de sus televisiones.
Reincidencia
Además, en su Resolución, la CNC considera que la desproporción existente entre las tarifas generales y las tarifas pactadas por Egeda en sus acuerdos con distintas asociaciones de hoteleros, o contratos con hoteleros individuales, muestra una estrategia abusiva. El organismo que regula la competencia estima que esta estrategia, “al fijar unilateralmente un precio base desproporcionado, que de acuerdo con la Ley será supletorio en caso de incumplimiento, distorsiona la obligada negociación que impone la Ley de Propiedad Intelectual”.
La CNC ha impuesto la cuantía de la multa a Egeda teniendo en cuenta que la entidad es reincidente, ya que fue sancionada en el año 2000 por unas prácticas parecidas, entonces con 45 millones de pesetas (270.455,45 euros).
Reforma de la Ley
En un comunicado, CEHAT recuerda que siempre ha sido muy discutido por el sector el hecho de tener que pagar una tarifa a Egeda por contar con televisión en sus habitaciones, “cosa obligatoria en la legislación hotelera”. La asociación, que no entra a valorar si este derecho debe existir o no, explica que “ha considerado injusto y abusivo que se tuviera que pagar unas tarifas mucho más altas que las que se cobran en los pocos países de Europa donde está reconocido este derecho”. CEHAT añade que “existen todavía un importante número de países donde los productores no cobran por televisiones en los hoteles”, como los EEUU, donde la legislación exime de este pago a los alojamientos.
Para los responsables de CEHAT, la resolución de la CNC “subraya la necesidad urgente de reformar la Ley de Propiedad Intelectual”. Y desde la Confederación solicitan que esta reforma contribuya “a que se reduzca el abusivo poder que actualmente ejercen estas entidades de gestión y a avanzar hacia un modelo más racional de ventanilla única que facilite el control de esta actividad por parte de las autoridades”.
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