MADRID.- Después de cinco años, los pasajeros afectados por el cese de operaciones de Air Madrid podrán cobrar los billetes que no volaron. El Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid, donde se seguía el concurso de acreedores de la aerolínea, ha aprobado el convenio de liquidación y pago de la compañía con fecha 10 de enero de 2012.
Desde este preciso momento se abre un periodo de un año para que los damnificados por el cierre de Air Madrid pidan la devolución del importe de sus billetes. Pero hay algunas condiciones que se deben cumplir. En primer lugar, los billetes que se podrán cobrar son aquellos que no se pudieron volar desde el 15 de diciembre de 2006. Sin embargo, los viajeros que volasen a los destinos que tenían contratados con Air Madrid gracias a los vuelos que puso en marcha el Ministerio de Fomento no podrán cobrar sus billetes. Tampoco podrán cobrar sus billetes aquellos pasajeros que aceptasen que otra compañía aérea se hiciese cargo del vuelo que tenían contratado con Air Madrid.
Por ejemplo, si un viajero que tenía billete para volar con Air Madrid aceptó que el Ministerio de Fomento le trasladase a su destino en uno de los vuelos que fletó, o si viajó con otra compañía que se hizo cargo de ese billete, no podrá pedir la devolución de su dinero.
Los interesados en que se abone el precio del billete que se les debe tienen que acudir a la web concurso.airmadrid.com y seguir las instrucciones que se indican. También tienen a su disposición el teléfono 916.520.019 para solventar sus dudas (si se llama desde feuera de España, al número anterior hay que agregarle el código de país 34).
Forma de pago
El juez establece en su sentencia (PDF) que los pasajeros tienen dos formas de cobrar su billete: por transferencia bancaria o por pagaré. En el primer caso, el cliente deberá comunicar a Air Madrid que quiere cobrar su importe a través de transferencia e indicar en su escrito el número de cuenta en el que desea que se le realice la misma. Con esta opción, el pago se realizará diez días antes de que pase un año, es decir, el 31 de diciembre de 2012 o antes.
Si se opta por el pagaré, los interesados deben reservar cita con Air Madrid a través de su página web o por vía teléfonica (aún no se conoce el número) para acudir el día que se les indique a la sede de la aerolínea, en la ciudad de San Sebastián de los Reyes (Madrid). En la oficina se les hará entrega del pagaré, que se podrá cobrar sin coste alguno. El pago se producirá el 31 de diciembre de 2012 o antes.
El juez Javier García Marrero, titular del Juzgado Mercantil número 5, ha habilitado la transferencia bancaria como forma de pago, ya que buena parte de los afectados comunicaron esta posibilidad al juzgado y también porque muchos de ellos viven en países de América Latina, por lo que sería inviable que se trasladasen hasta España para cobrar sus billetes.
Cese de operaciones
Air Madrid dejó de operar el 15 de diciembre de 2006, después de que el Ministerio de Fomento le retirase la licencia por supuestas deficiencias técnicas y de seguridad de sus aviones. Sin embargo, la decisión de dejar de volar fue tomada por José Luis Carrillo, propietario de la aerolínea, aunque bien es cierto que sin esa licencia no habría podido despegar desde ningún aeropuerto. Antes de esa fecha ya existían informes en Fomento que apuntaban a las irregularidades de la aerolínea, pero desde el ministerio no se hizo nada para paralizar la venta de billetes.
En su momento, Air Madrid alegó para dejar de operar que el Ministerio de Fomento, desde la Dirección General de Aviación Civil (DGAC), había “llevado a cabo una serie de actuaciones, haciendo un uso arbitrario e injusto de sus atribuciones que han situado de hecho, aunque todavía no de derecho, a Air Madrid en una imposibilidad absoluta de desarrollar con la normalidad requerida su actividad”.
Las semanas anteriores al cese de operaciones empezó a conocerse a través de los medios de comunicación las condiciones más que dudosas en las que volaban algunos aviones, con desperfectos muy visibles en el interior de los aparatos. Desde Fomento se abrió una investigación para comprobar que la aerolínea cumplía con todos los requisitos de seguridad. Air Madrid acusó a Fomento, entonces dirigido por la socialista Magdalena Álvarez, de generar “una alarma social absolutamente injustificada”. Según los responsables de la aerolínea, estos hechos hicieron que la venta de billetes cayera drásticamente, lo que les obligó a suspender sus operaciones. Más de un millar de personas se quedaron sin volar en los días siguientes, a los que se sumaron los pasajeros que tenían billetes para los meses de enero y posteriores. María Manuela Rivera fue una de las afectadas y contó sus impresiones a este medio.
171 comments
gracias por la informacion,yo soy una de las afectadas,vivo en rosario.pvcia.de santa fe-republica argentina.tengo los billetes originales y los reclamos hechos hacia la compañia,tenia billetes de ida y vuelta a españa.muchas gracias por su atencion.
HOLA YO TAMBIEN SOY UNA AFECTADA DE AIR MADRID Y SI ME PRESENTE EN EL JUZGADO ASIQUE MUCHO OS AGRADECERIA QUE CUANDO SUPIESEIS ALGO LO COMUNICARAIS PARA MANDAR EL NUMERO DE CUENTA EN LA QUE DEPOSITEN EL DINERO DE TODAS FORMAS NOS DEVERIAN DE INDEMNIZAR LOS 5 AÑOS ESPERADOS
Reclamé en el juzgado, pero por favor, si es posible, ¿puedes responder a mi pregunta? Muchas gracias por tu tiempo y un saludo
Muchas gracias por la información, ¿habrá que presentar los billetes originales? Yo nos los tengo, se los di a la agencia RUMBO que en un principio se haría cargo de la reclamación,para más tarde desentenderse.
Solo podrán cobrar aquellas personas que en su día reclamasen contra Air Madrid en el juzgado correspondiente, ya que se les considera acreedores. Los que no reclamaron, aunque tengan sus billetes, no recibirán nada. Aún así, pueden intentarlo cuando se conozcan el teléfono y la dirección a la que dirigir la petición a Air Madrid.
Saludos.
gracias David,
Hola, agradezco mucho esta útil información. Yo soy uno de los afectados pero vivo en Bogotá-Colombia. Quisiera que alguien me aclarara cómo sería la forma de cobrar ya que la página de air madrid no existe y no hay por lo menos un correo electrónico o encargado con quien me pueda comunicar. Agradezco si alguien tiene estos datos y me los puede comunicar.
Saludos,
Alguien sabe donde se puede consultar el listado de acreedores. Somos seis personas que no pudimos volar a Buenos Aires (teniamos pagados billetes de ida y vuelta), y que firmamos la adhesion al Convenio. Gracias anticipadas.
Señores todos,
De momento no se conoce la dirección ni el teléfono al que deben notificar a Air Madrid sus peticiones. En cuanto se sepan, lo publicaremos en esta página. Les recordamos que somos un medio de comunicación, no la página oficial de Air Madrid, que es http://www.airmadrid.com/ y la del concurso http://administracionconcursal.airmadrid.com/
Consultenlas habitualmente, porque en ellas se publicarán los datos.
Gracias y saludos!
Hola, aparte de este juicio que lleva el Juzgado N° 5 de Madrid, hay otro encarado por SERNAC de carácter colectivo, para lograr las indemnizaciones complementarias que establece la UE.
Podrían informar en que estado está este último?
Muchas Gracias
Graciela Coarasa
Alguien sabe donde se puede consultar la lista de acreedores de Air Madrid, yo presenté toda la documentación cuando fué el suceso, pero luego ya no recibí nada más! y al cambiar de domicilio, no tengo información!
gracias!!!
Alguien sabe la página oficial o el número de teléfono para pedir cita. Toca ir a Madrid???
He leído la sentencia en su totalidad, la que han publicado en facebook Afectados Airmadrid y he entendido eso.
Gracias anticipadas , si alguien me pudiera responder algo.
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