MADRID.- El Gobierno de Madrid se ha tomado su tiempo para publicar el decreto que regula los apartamentos y viviendas vacacionales en la región. La norma se aprobó en la reunión del Consejo de Gobierno del 10 de julio y ha sido publicada en el boletín oficial del 31 de julio. El articulado final ha sufrido pocas modificaciones con respecto a los borradores iniciales, aunque hay algunos detalles que pueden acabar con el alquiler de pisos en la región madrileña, las denominadas viviendas turísticas.
Empezando por este último tipo de alojamiento, que es el más novedoso, el decreto define las viviendas de uso turístico como “pisos, apartamentos o casas que, amueblados y equipados en condiciones de uso inmediato, son comercializados y promocionados en canales de oferta turística, para ser cedidos en su totalidad, por su propietario a terceros, con fines de alojamiento turístico y a cambio de un precio”. Esta definición establece una diferencia clave con los apartamentos, que el decreto describe como edificios que, de forma total o parcial, dedican sus viviendas al alquiler vacacional. Así, según la nueva regulación, muchas de las viviendas que se anuncian en portales como Homeaway, Airbnb o Rentalia, que no se integran en un edificio de apartamentos, dejarán de tener esa consideración y pasarán a ser tratadas como viviendas turísticas. La separación no carece de importancia, ya que el decreto establece que este tipo de viviendas deberán reservarse por un mínimo de cinco noches, mientras que los apartementos no tienen un mínimo de pernoctaciones.
Vivienda turística, proscrita
La obligación de que las viviendas turísticas se reserven de cinco noches en adelante ha sido una incorporación al decreto de última hora, ya que en los borradores anteriores no figuraba este precepto. Y esta medida puede dar al traste con el negocio del alquiler de viviendas para fines turísticos, porque en la Comunidad de Madrid la estancia media en apartamentos es de 4 noches, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) correspondientes al mes de junio. Por su lado, buena parte de los visitantes que llegan a la ciudad de Madrid lo hacen por pocas noches, en forma de escapada. De esta manera, los principales beneficiarios de la medida serán los hoteles y los apartamentos turísticos. Y, por si los impedimentos fueran pocos, los propietarios que deseen alquilar su vivienda con fines turísticos, además de enviar la declaración responsable a la Comunidad de Madrid, como los apartamentos, deberán contar con un plano de la vivienda visado por un arquitecto, lo que añadirá mayores costes a su actividad.
¿Dónde establece el Gobierno de Madrid la separación entre apartamentos y viviendas turísticas? Según el decreto, se considerarán a apartamentos las unidades compuestas por cuatro o más viviendas que se exploten con fines turísticos de forma común. Es decir, que si un particular que se dedique a este negocio gestiona tres pisos con fines turísticos, aunque se localicen en el mismo edificio, tendrán la consideración de viviendas turísticas, debiendo alquilarlas por un mínimo de cinco noches cada una. Mientras que si ese particular gestiona cuatro viviendas, ya podrá considerarse apartamento y alquilarlas por una noche, si así lo desea.
Además, la Comunidad de Madrid acaba de un plumazo con parte del negocio de portales como Airbnb, ya que impide la comercialización de habitaciones independientes “o de cualquier otra forma que implique segregación o división” de la vivienda. Es decir, que no se podrán alquilar sofás, como hacen otras webs especializadas en compartir este tipo de alojamientos.
Beneficio para los hoteleros
La Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) ha mostrado su satisfacción por este decreto, que en la práctica casi erradica el alquiler de viviendas de particulares con fines turísticos en Madrid. Los apartamentos también salen beneficiados de esta medida, ya que cuentan con un régimen más laxo y similar al de los hoteles. La otra parte que verá cumplida sus expectativas son las comunidades de vecinos, que se han quejado de que los pisos que se alquilan en edificios que no están pensados como apartamentos sólo traen ruidos y molestias.
Además de los propietarios particulares, los portales especializados en el alquiler de viviendas turísticas verán su actividad afectada, ya que sólo podran ofertarlas a partir de cinco noches y es previsible que el número de reservas caiga, lo que puede hacer que al propietario ya no le resulte rentable anunciarse en los mismos.
El decreto de Madrid tiene una importancia relativa para el conjunto de España. Otras comunidades autónomas han legislado sobre la materia, de diferentes formas, unas más laxas y otras menos. Los criterios dependen de la planta hotelera de la región y del tipo de turismo que se mueve en la misma. No es igual una comunidad de costa, que una de interior, como Madrid. La capital de España dispone de una planta hotelera excesiva para el número de turistas que recibe, aspecto que se ha notado más durante la crisis, cuando los destinos urbanos, muy dependientes del turismo nacional, han visto caer sus niveles de ocupación y rentabilidad.
30 comments
Comments are closed.
Add Comment