Nueva normativa sobre avales en agencias de viajes

La venta de viajes puede arruinarme | Foto: Stevepb para Pixabay

Las agencias de viajes españolas acabarán el verano con un sobresalto que puede afectar a sus bolsillos. La Secretaría de Estado de Turismo, dirigida por Isabel María Borrego, ha elaborado una propuesta normativa para obligar a las agencias a contar con avales que supongan el 5% de su facturación anual o, como mínimo, 100.000 euros. Estos avales serían la garantía para devolver el dinero a los clientes en caso de que la agencia quiebre o no pueda prestar el servicio que le habían contratado los consumidores.

De momento se trata de una propuesta de modificación legislativa, pero ya preocupa en el sector. No obstante, la última decisión sobre la aplicación de esta medida la tendrán las comunidades autónomas, que son las que tienen competencia para legislar sobre este tema. César Gutiérrez, presidente de la Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (Fetave) explica a este medio que este cambio se trata de una “auténtica locura y una chapuza”.

El presidente de este grupo, que tiene representación en la patronal empresarial CEOE, se queja de que desde la Secretaria de Estado de Turismo no les han consultado para elaborar la propuesta de avales y que el sector de las agencias está muy regulado, por lo que no tiene sentido “regular más a los que ya están regulados”.

Un aval es una garantía para el pago de una obligación o una deuda. Por norma general, son los bancos o las aseguradoras quienes constituyen avales para las empresas, que pagan a estas entidades una cantidad de dinero anual por mantener el aval. En caso de que la agencia quiebre, o alguno de los intermediarios con los que trata, el cliente puede solicitar la devolución de su dinero pidiendo la ejecución de ese aval. Después, la agencia tendrá que pagar al banco o la aseguradora el dinero que éste haya transferido al consumidor, más un tipo de interés determinado.

Modificación legislativa

En julio de 2015, el Gobierno de Mariano Rajoy (Partido Popular) aprobó una modificación del artículo 163 de la Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios. Este cambio venía obligado por la Comisión Europea, que considera que “hay una serie de riesgos, sobre todo de insolvencia, que no están cubiertos como deberían en la legislación de agencias de viajes”, explica Gutiérrez. En la nueva redacción se especificaba que los vendedores de viajes combinados, por ejemplo, viajes con vuelo más hotel, debían contar con un seguro de garantía para hacer frente a quiebras u otros inconvenientes.

Al ser el Estado español descentralizado y con una organización autonómica, la competencia para desarrollar y aplicar ese artículo corresponde a cada una de las diecisiete comunidades autónomas. Para evitar que cada una cree un reglamento diferente, Fetave y otras asociaciones pidieron a la Secretaría de Estado de Turismo, que es un órgano que depende del Gobierno de Mariano Rajoy, que elaborase un borrador de reglamento común para que lo aprobase cada comunidad autónoma. Y eso es lo que ha sucedido, pero este borrador (que se puede ver y leer más abajo) se ha redactado sin contar con la opinión del principal actor que se verá afectado por el mismo: las propias agencias.

La mayoría de autonomías, con Cataluña a la cabeza, ya han dicho que no están de acuerdo con la propuesta de la Secretaría de Estado o bien que necesitan más tiempo para valorarla. A excepción de Madrid, donde Gutiérrez asegura que esta comunidad “ya ha puesto en marcha el procedimiento de aprobación legislativa y el proyecto se encuentra en fase de alegaciones”. El presidente de Fetave pronostica que habrá tensiones con las autoridades de la Dirección General de Turismo, encabezada por Carlos Chaguaceda, por esta cuestión.

Protección del consumidor

En el centro de esta polémica se encuentra el consumidor, que es el objetivo de la modificación legal, para garantizarle una protección adecuada frente a la quiebra de la agencia que le vendió el viaje o del transportista u hotel que debe alojarle. Sin embargo, el problema es que el 90% de las agencias españolas son pymes con limitados recursos financieros y a las que cualquier sobrecoste, como el pago de las comisiones de un aval, supone un quebranto en sus cuentas considerable.

Hasta ahora, las agencias debían contar obligatoriamente con un aval de una cantidad determinada, lo que les permitía controlar el gasto financiero que les suponía. Con la nueva normativa, que establece que la cantidad asegurada por el aval debe ser el 5% de la facturación anual o, como mínimo, 100.000 euros, estos costes financieros se dispararían.

César Gutiérrez refiere que “ha habido muchas agencias de viajes que han ido a concurso de acreedores porque han tenido que hacer frente a la responsabilidad de un tercero”. Y es que las agencias, por la particular legislación que les afecta, son responsables de las quiebras o cese de servicios de los proveedores con quienes intermedian en nombre del cliente, como aerolíneas u hoteles. Por ejemplo, si un cliente reserva un viaje en una agencia, que incluye vuelo y hotel, en el caso de quiebra de la aerolínea la responsable será la agencia, quien debe devolver el dinero al cliente y ocuparse del mismo. Después, esta agencia podrá reclamar a la aerolínea la devolución de ese dinero. Estos derechos no se tienen cuando el cliente reserva cada producto por sí mismo, sin la intermediación de la agencia.

A este respecto, César Gutiérrez se queja de que si de verdad se quiere proteger al consumidor, las agencias no son las únicas que deberían contar con este tipo de avales, sino todos los actores de la cadena: hoteles, aerolíneas o empresas de turismo activo, entre otras. Por último, otro de los caballos de batalla es que, si la regulación propuesta se aprueba, los avales se podrán ejecutar a la primera solicitud del cliente. Hasta ahora, un organismo administrativo o un juez decidían si se debía compensar al cliente con dinero de ese aval. Las aseguradoras también se han mostrado contrarias a la propuesta legislativa de la Secretaría de Estado por considerarla inasumible.

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