MADRID.- Tras seis años de litigios, el Tribunal Supremo ha venido a poner fin al contencioso que la agencia de viajes Rumbo mantenía con la aerolínea irlandesa Ryanair. En 2008, la compañía presidida por Michael O’Leary realizó unas declaraciones contra Rumbo y las agencias de viaje en Interntet en las que descalificaba su actividad y advertía que los clientes que hubiesen comprado vuelos a través de las mismas los verían cancelados. Como sucede con las amenazas de Ryanair, orientadas a generar ruido en los medios, no se cumplió, pero Rumbo decidió demandar a la aerolínea en los tribunales. Tras dos sentencias contrarias a Ryanair, el Supremo estima que la aerolínea difundió “expresiones o mensajes insultantes, insidias infamantes o vejaciones” que provocaron el descrédito de las agencias de viajes online, y de Rumbo, y que no se podían considerar una crítica a la actividad profesional, sino “una descalificación injuriosa e innecesaria del comportamiento profesional de las mismas”.
En cuanto a la amenaza sobre cancelar los vuelos reservados en Ryanair a través de agencias de viajes en Internet, el Supremo también cree que estas manifestaciones se trataron de una competencia desleal. A juicio del Supremo, las declaraciones de Ryanair supusieron un “intento de determinar el comportamiento económico de los consumidores, con la pública y expresa advertencia del empleo, por vías de hecho, de medidas perjudiciales para sus posiciones contractuales, ya ganadas, ante las que los mismos estarían a resguardo, en su condición de terceros contratantes de buena fe”. Es decir, que las advertencias de Ryanair estaban encaminadas a infundir el miedo en los consumidores para que no reservasen vuelos de la compañía a través de agencias de viajes online porque la misma podría cancelarlos. Esto originaría una distorsión en la libre competencia del mercado.
Ryanair recurrió la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid en la que resultaba condenada por todos estos motivos, lo que ha dado origen a este proceso de casación (anulación de sentencias) en el Tribunal Supremo. El único motivo en el que el Alto Tribunal da la razón a Ryanair es en el que se refiere a la legitimidad de Rumbo para demandar a la aerolínea por los perjuicios que podñia causar a los clientes de la agencia de viajes. El Supremo entiende que, al no ser Rumbo consumidor ni asociación de consumidores, la agencia no puede demandar a otra compañía para defender a sus usuarios.
La sentencia del Tribunal Supremo pone de manifiesto de dos cosas. Por un lado, avala la práctica de las agencias de viajes online y de los metabuscadores de acceder a las webs de las aerolíneas para rastrear sus productos y ofrecérselos al usuario, comparándolos con los de otras compañías (algo que ya confirmó con anterioridad). En segundo lugar, el dilatado periodo de tiempo que ha tardado en resolverse el litigio muestra la lentitud del sistema judicial español para resolver casos que pueden afectar a los negocios.
Ryanair ha cambiado su filosofía de negocio y en los últimos meses se ha abierto a la venta de sus billetes a través de agencias de viajes. La estrategia de la aerolínea irlandesa de bajo coste ha sido la de comercializar de forma directa sus vuelos, sin intermediarios, con el fin de ofrecer los precios más bajos posiles a los consumidores. Sin embargo, la alta competencia en el segmento de aerolíneas de bajo coste ha llevado a la compañía a pensar en vender sus pasajes por otros canales con el fin de incrementar ventas y conseguir más clientes. ¿Qué sentido tiene una discusión judicial durante seis años, cuando en este periodo puede cambiar toda una estrategia empresarial?