Ryanair: ¿por qué su nueva política de equipaje de mano es ilegal?

Aviones de Ryanair aparcados | Foto: Ryanair

La aerolínea de bajo coste Ryanair ha modificado su política de equipaje de mano. A partir de noviembre, sólo los pasajeros que hayan reservado con embarque prioritario, un servicio que cuesta 5 euros, podrán viajar con dos bultos como equipaje de mano en la cabina del avión. Los viajeros que hagan su reserva normal, sin pagar ningún cargo adicional, sólo podrán viajar con un bulto como equipaje de mano, mientras que el bulto más voluminoso será facturado obligatoriamente en la bodega, sin coste para el cliente.

Hasta esta modificación, todos los pasajeros, independientemente de si habían reservado embarque prioritario o no, podían viajar con dos maletas como equipaje de mano. La nueva normativa que Ryanair pone en marcha incumple en España el artículo 97 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea, donde se dice que “no se considerará equipaje a este efecto los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo. El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo”. Además, el mismo precepto añade que “únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave.”

Al mismo tiempo que Ryanair ha modificado su política de equipaje de mano, la aerolínea irlandesa ha reducido el precio por facturar las maletas, de 35 euros a 25 euros, a la vez que aumentará el peso permitido de los 15 kg a los 20 kg. Con esta medida, la compañía calcula que perderá 50 millones de euros, aunque no ha especificado cómo ha realizado este cálculo ni lo que ingresará por la compra del embarque prioritario por parte de los clientes que deseen llevar dos bultos en cabina.

El hecho de que Ryanair obligue a los pasajeros sin embarque prioritario a facturar una de sus maletas, aunque sea sin cobrarles, ya ha ocasionado algún problema a la empresa. En abril, un juzgado de Santander condenó a Ryanair a abonar 2.000 euros como indemnización a un pasajero al que había perdido una maleta facturada. La compañía aérea obligó a este cliente a facturar una de sus maletas de equipaje de mano, que posteriormente extravió en el transporte. Además, el juez determinó que Ryanair debía abonar un importe superior al que reconoce el Convenio de Montreal (1.430 euros), porque el pasajero no tuvo posibilidad de declarar el valor de su maleta, ya que la compañía le impuso la facturación en la puerta de embarque y no en el mostrador de facturación.

Con esta medida, Ryanair, que transporta cada año 120 millones de pasajeros e ingresa 6.647,80 millones de euros anuales, crea dos tipos de clientes en función de si pagan por servicios adicionales (aunque la legislación obligue a incluirlos en el precio del billete) o no lo hacen. La legislación de cada país es diferente y en Europa no existe una normativa homogénea sobre las obligaciones de las aerolíneas con respecto al equipaje facturado y el de mano.

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